Conoce los productos que no pueden subir de precio en medio de la cuarentena
Este martes, el Gobierno Nacional presentó la Resolución 078 del 7 de abril del 2020 con la cual, durante un periodo de 30 días a partir de la fecha, fija los precios de algunos alimentos de la canasta familiar, así como de ciertos medicamentos.
La decisión está enmarcada en medio de la cuarenta obligatoria que vive el país, la cual comenzó el pasado 25 de marzo e irá hasta el próximo 27 de abril, para frenar la pandemia de covid-19 en el territorio nacional.
La decisión está enmarcada en medio de la cuarenta obligatoria que vive el país, la cual comenzó el pasado 25 de marzo e irá hasta el próximo 27 de abril, para frenar la pandemia de covid-19 en el territorio nacional.
La medida establece no se podrán subir el valor de dispositivos médicos y medicinas como: tapabocas convencionales, mascarillas quirúrgicas N95, guantes, solución o gel desinfectante a base de alcohol, Acetaminofén, Ibuprofeno, Naproxeno, Azitromicina, Amoxicilina, Cloroquina, Hidroxicloroquina, Lopinavir/Ritonavir e Ivermectina.
En cuanto a alimentos y productos de la canasta familiar están: arroz, leche, azúcar, queso campesino, aceite de girasol, arveja verde, cebolla cabezona, cebolla en rama, papa negra, papa criolla, huevos y naranjas. Y en productos de aseo también se fijará el costo del jabón.
Los ministerios de Salud, Agricultura y Comercio, Industria y Turismo señalaron que la lista “podrá ser actualizada, en cualquier momento, de acuerdo a las necesidades que se identifiquen en el mercado y las derivadas del consumo nacional”.
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